Servicios Offshore en Panamá
Resumen Ejecutivo
Panamá continúa siendo una de las principales jurisdicciones para servicios offshore gracias a sus sólidas leyes de privacidad, régimen fiscal neutral y ubicación estratégica a nivel global. Este resumen destaca las ventajas clave, los requisitos de cumplimiento y las opciones de servicio para establecer entidades offshore en Panamá—con énfasis en la protección de activos, eficiencia fiscal y flexibilidad operativa para clientes internacionales.
Servicios Offshore Principales
1. Sociedades Anónimas Internacionales (IBC)
Protección de Activos: Bajo la Ley 32 de 1927, los accionistas tienen responsabilidad limitada, protegiendo su patrimonio personal frente a acreedores corporativos.
Exenciones Fiscales: Los ingresos generados fuera de Panamá están exentos de impuestos locales, ideal para sociedades holding y gestión de regalías.
Privacidad: Los datos de accionistas y directores no se hacen públicos. Aunque las acciones al portador son legales, muchas entidades prefieren acciones nominativas para cumplir con directrices OCDE.
2. Fundaciones de Interés Privado (PIF)
Planificación Sucesoria: Con existencia perpetua y confidencialidad sobre beneficiarios, se facilita la transferencia intergeneracional sin necesidad de sucesión judicial.
Fines Filantrópicos: Los estatutos pueden incluir objetivos caritativos, generalmente con exenciones fiscales locales.
Segregación de Activos: Activos valiosos (como derechos de propiedad intelectual o bienes raíces) quedan protegidos frente a riesgos operativos.
3. Sociedades de Responsabilidad Limitada (LLC)
Gestión Flexible: Acuerdos operativos personalizados permiten definir distribución de beneficios, derechos de voto y reglas de disolución.
Tributación Transparente: Las ganancias se gravan directamente en los miembros, evitando la doble tributación.
Marco Regulatorio y de Cumplimiento
1. Mantenimiento Anual
Tasa Única: USD 300 anuales para IBCs y USD 250 para LLCs.
Agente Residente: Obligatorio para notificaciones legales y conservación de registros, conforme a la Ley 32.
2. Prevención de Lavado de Dinero (AML)
Divulgación de UBOs: Los Beneficiarios Finales deben ser registrados ante el agente residente y archivados durante seis años tras la disolución.
FATCA/CRS: Reporte obligatorio para residentes fiscales de EE. UU. y la UE, mediante registros cifrados.
3. Estrategias de Optimización Fiscal
Sistema Territorial: No se gravan ingresos, dividendos ni ganancias de capital de fuente extranjera.
Tratados para Evitar Doble Imposición: Panamá mantiene convenios con varios países para reducir retenciones fiscales.
Integración Bancaria y Financiera
1. Cuentas Corporativas
Multimoneda: USD, EUR y soluciones en criptomonedas disponibles mediante bancos panameños.
Finanzas Comerciales: Acceso a cartas de crédito y financiamiento de la cadena de suministro para operaciones transfronterizas.
2. Procesamiento de Pagos
Comercio Electrónico: Licencias para comerciantes internacionales bajo el sistema de “aviso de operaciones” de Panamá.
Servicios Complementarios
1. Inmigración y Residencia
Visa de Países Amigos: Residencia simplificada para inversionistas elegibles.
Permisos de Trabajo: Autorización legal para contratar personal extranjero en Panamá.
2. Bienes Raíces y Registro Marítimo
Adquisición de Propiedades: Búsqueda de títulos y estructuras offshore para eficiencia fiscal.
Registro de Naves: Inscripción bajo la bandera marítima panameña, líder a nivel mundial.
3. Propiedad Intelectual
Registro de Marcas: Protección para marcas que operan en la Zona Libre de Colón o en el mercado nacional.
Consideraciones Legales
1. Leyes Clave
Ley 32 (1927): Regula las entidades corporativas, exige tres directores y un agente residente.
Ley 129 (2020): Impone la divulgación de beneficiarios finales (UBO) para combatir delitos financieros.
2. Restricciones
Operaciones Locales: Entidades que operan en Panamá deben cumplir con licencias municipales e impuestos locales.
Sectores Reservados: Algunas profesiones (como comercio minorista, derecho y medicina) están restringidas a ciudadanos panameños.
Ventajas Estratégicas
Protección de Activos: Separación legal clara entre activos personales y corporativos.
Neutralidad Fiscal: Exención de impuestos corporativos y de ganancias de capital sobre ingresos extranjeros.
Credibilidad Global: El cumplimiento progresivo con la OCDE facilita la banca y asociaciones internacionales.
Conclusión
Los servicios offshore de Panamá logran el equilibrio ideal entre privacidad, cumplimiento y eficiencia fiscal. A través de IBCs, Fundaciones de Interés Privado o LLCs, los clientes acceden a un entorno legal estable con proyección internacional. Para quienes priorizan la seguridad patrimonial y el crecimiento transfronterizo, Panamá sigue siendo una de las mejores opciones dentro del panorama offshore.
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